NUEVA LEY ANTIFRAUDE: PAGOS EN EFECTIVO LIMITADOS A 1.000€
YA ESTÁ EN VIGOR LA LEY ANTIFRAUDE QUE LIMITA LOS PAGOS EN EFECTIVO A 1.000 EUROS.
Desde el pasado 11 de Julio los pagos con un importe superior a 1.000€ no podrán abonarse en efectivo siempre que al menos una de las partes actúe como empresario o profesional, debiendo hacerse por otros medios que permitan identificar el pago: transferencia bancaria, tarjeta o cheque nominativo (nunca al portador).
El límite es por operación, lo que significa que si la factura de la operación completa supera los 1.000€, no está permitido fraccionarla en pagos menores para poder pagar en metálico.
¿CÓMO AFECTA ESTA LEY A LOS EMPRESARIOS?
No pueden efectuar pagos en efectivo a clientes, proveedores y nóminas cuando superen los 1.000€ y únicamente podrán admitir cobros en efectivo hasta 1.000€ por operación.
¿Y A LOS PARTICULARES?
No pueden efectuar pagos en efectivo superiores a 1.000€ cuando por ejemplo tengan que abonar la reparación de su vehículo, comprar un electrodoméstico o pagar un viaje.
¿Y A LOS “EXTRANJEROS”?
Para aquellas personas con domicilio fiscal fuera de España y que no sean empresas, por ejemplo turistas, el límite para pagos en efectivo será de 10.000€.
SANCIONES POR INCUMPLIR ESTA NORMA
El incumplimiento de este límite se sanciona con una multa del 25% del importe abonado. La sanción es solidaria, y Hacienda podrá exigírsela tanto al pagador como al cobrador. Sin embargo, si una de las partes (comprador o vendedor) lo denuncia dentro de los tres meses siguientes a efectuarse el pago, el denunciante quedará libre de responsabilidad, y todo el peso de la multa recaerá sobre la otra parte.